Leyes de Georgia sobre motos de agua: una sencilla hoja de trucos con todo lo que necesita saber

Las motos acuáticas son una excelente manera de pasar tiempo en el agua durante el verano y crear momentos memorables con familiares y amigos. Para pasar un buen rato, deberá conocer las leyes para conducir una moto acuática según el estado en el que resida. Las normas y regulaciones pueden variar de un estado a otro y es necesario conocerlas para poder disfrutar de su tiempo en el agua.

Ninguna persona de entre 12 y 15 años puede operar una embarcación de 16 pies o más de largo. Pueden operar una embarcación de 16 pies si han aprobado el curso de educación para la navegación aprobado por el DNR o si están acompañados por alguien de 18 años o más.

Cómo registrar su moto acuática

Tarifas de registro en Georgia

Embarcaciones de más de 16 pies de longitud $35.00
Embarcaciones de 16 pies a 26 pies de longitud $70.00
Embarcaciones de 26 pies a 40 pies de longitud. $140.00
Embarcaciones de 40 pies o más de longitud $210.00
Registro duplicado $11.00
Certificado de baño de marina con matriculación de embarcación $5.00
Certificado de inodoro marino autónomo $15.00
Cargo por demora en la renovación de un registro vencido (mismo propietario/sin transferencia) $10.00

Documentos que necesita para respaldar su registro de embarcación:

  • Número de registro
  • Número de identificación del casco
  • Longitud
  • Hacer
  • Año
  • Material de construcción

Números y pegatinas

Una vez que recibas tu número de registro y las calcomanías de validación deberás exhibir estos elementos de las siguientes maneras:

  • No pueden ser otros números que los que aparecen en la proa de su embarcación.
  • Las letras deben estar separadas de los números con espacio o guión.
  • Cada número debe pintarse, aplicarse en su embarcación como calcomanía o colocarse para que se muestre en ambos lados de la proa.
  • Los números deben leerse de izquierda a derecha en ambos lados.
  • Cada número debe estar en letras mayúsculas y tener tres pulgadas de alto.
  • El color de tus números también debe contrastar con el fondo de tu embarcación.

Número de identificación del casco

El número de identificación del casco (HIN) es un número de 12 dígitos que asigna el fabricante a los buques construidos después de 1972. Ayuda a determinar la diferencia entre varios buques.

En caso de que le roben su embarcación, debe anotar su número HIN y guardarlo en un lugar seguro.

Los basicos

Normas y reglamentos para motos acuáticas

  • No se puede operar un vehículo acuático personal a menos de 500 pies de un área de natación designada.
  • No se permite la conducción temeraria de una moto acuática. Ejemplo de ello:
    • Saltar una estela demasiado cerca de otras embarcaciones
    • Evitar colisiones en el último minuto
    • Avanzando descuidadamente entre el tráfico marítimo
    • Llevar más pasajeros en su PWC de lo recomendado
    • Si maniobra su PWC de tal manera que pueda causarle daños irrazonables a usted o a sus pasajeros
  • Es ilegal operar un vehículo acuático personal entre el atardecer y el amanecer, especialmente cuando su visión está un poco restringida.
  • No puede quitar ningún supresor de llamas ni ventilador si lo instala el fabricante.
  • Debe tener un silbato o bocina a bordo de su PWC que esté aprobado por la Guardia Costera de EE. UU.
  • El interruptor de encendido de seguridad debe funcionar completamente y tener un cordón conectado para garantizar que no se pierda ni se extravíe.
  • Cada persona en la PWC debe usar un dispositivo de flotación personal tipo 1, 2 o 3 aprobado por la Guardia Costera de EE. UU.

Operación imprudente de un buque

No regular la velocidad

Si conduce su embarcación a una velocidad superior a la recomendada, estará poniendo en riesgo su seguridad y la de quienes lo rodean. En particular, si hay tráfico marítimo, condiciones meteorológicas adversas y cercanía a la costa, deberá respetar las normas de velocidad.

Ejemplos de esto son:

  • Operar su embarcación a velocidades extremas en las inmediaciones de otra embarcación, motos acuáticas o aguas peligrosas.
  • Operar a una velocidad mayor que la “velocidad lenta, sin despertar” que se publica en una zona de “sin despertar”
  • Ir más rápido que el límite de velocidad publicado cerca del cuerpo de agua en el que está operando
  • Ir a una velocidad que puede ser perjudicial para su embarcación.

Distancia inadecuada entre otras personas

Si opera su embarcación a más de 5 mph mientras se encuentra a menos de 100 pies de la costa, muelle, embarcadero, balsa, flotador o cualquier embarcación anclada o amarrada, está operando su embarcación de manera incorrecta y poniendo en riesgo a otras personas a su alrededor.

Navegar en la proa, cubierta o borda de un buque

Viajar en cualquier embarcación que no esté equipada con asientos fijos puede provocar la posibilidad de caerse por la borda. No permita que sus pasajeros ni usted mismo se sienten en los respaldos de los asientos, en el espejo de popa, en la borda, en los asientos de las cubiertas elevadas o en la proa.

Detalles de la operación imprudente

Esto ocurre cuando usted serpentea en el tráfico, hace un desvío en el último minuto para evitar una colisión frontal con otra embarcación o sobrecarga su embarcación más allá de la capacidad que indica la placa.

Condiciones inseguras

No tener suficientes dispositivos personales de flotación, extintores de incendios, parallamas, sistemas de ventilación o luces de navegación lo pone a usted y a otras personas fuera de su embarcación en riesgo.

También se pone a sí mismo y a los demás en peligro cuando sobrecarga o excede la potencia de su embarcación, o cuando conduce el vehículo en estado de ebriedad.

Alcohol y drogas

El estado de Georgia tiene una política de tolerancia cero con las drogas y el alcohol. Sus leyes de navegación establecen lo siguiente:

  • Es contra la ley ser menor de 21 años y conducir una moto acuática si su concentración de alcohol en sangre es de 0,02 % o más.
  • Cualquier persona mayor de 21 años no puede operar una moto acuática si su concentración de alcohol en sangre es de 0,08 % o mayor, o si se detectan drogas, también se le prohíbe operar una moto acuática.
  • Si se le encuentra culpable de cualquiera de los dos, puede ser castigado con multas de hasta $1,000 y puede ir a prisión por hasta un año.

Equipo requerido

Dispositivos de flotación personal

Tipo 1 Chalecos salvavidas para alta mar Este chaleco puede hacer que una persona inconsciente se ponga boca arriba en el agua. Está diseñado para aguas turbulentas y situaciones en las que el rescate puede llevar mucho tiempo.
Tipo 2 Chalecos Near-Shore Este chaleco es adecuado para aguas más tranquilas y rescates más rápidos. Si lo usara mientras estuviera inconsciente, es posible que no pudiera girar su cara hacia arriba en el agua.
Tipo 3 Ayudas para la flotación Este chaleco también puede ser una chaqueta de manga larga y es ideal para aguas tranquilas y rescates rápidos. Definitivamente no te hará enojar en aguas turbulentas. Generalmente se usa para deportes acuáticos.
Tipo 4 Dispositivos arrojadizos Este tipo de dispositivo de flotación es una boya con forma de cojín o aro y se suele utilizar para lanzarla a alguien en apuros. No está diseñada para durar muchas horas en el agua, para personas que no saben nadar o para personas inconscientes.
Tipo 5 Dispositivos de uso especial Este tipo de dispositivo de flotación fue creado para actividades como kayak y esquí acuático. Por lo general, parecen chalecos para aguas bravas, trajes de cubierta e híbridos de dispositivos de flotación personales.

Requisitos para dispositivos de flotación personal

  • Los dispositivos de flotación personal tipo 4 aprobados por la Guardia Costera de los EE. UU. deben estar a bordo de una embarcación de 16 pies o más de largo y deben ser de fácil acceso para uso de emergencia.
  • Las embarcaciones deben tener uno de los 5 dispositivos de flotación personales y también deben ser portátiles y de un tamaño adecuado para que cualquier persona pueda usarlos.
  • Cualquier persona que esté a bordo de una PWC debe usar un PFD aprobado por la Guardia Costera de EE. UU.
  • Todos los archivos PDF deben estar en condiciones de uso y ser de fácil acceso.

Extintores

Puedes clasificar tu extintor por letras y números. El número te ayuda a descifrar el tamaño de los extintores y la letra también indica el tipo de fuego que se extingue.

Incendios tipo A

  • Este tipo de incendios son sólidos combustibles como la madera.

Incendios tipo B

  • Este tipo de incendios son líquidos inflamables como gasolina o aceite.

Incendios tipo C

  • Este tipo de incendios son principalmente incendios eléctricos.

Todas las embarcaciones están obligadas por ley a tener un extintor de incendios tipo B a bordo en caso de que ocurran situaciones extremas o peligrosas.

El extintor de incendios debe colocarse en un lugar de fácil acceso en caso de una situación en la que sea necesario utilizarlo inmediatamente.

Aplicación

Los guardabosques del Departamento de Recursos Naturales de Georgia, aunque también son agentes de paz, pueden hacer cumplir la ley. Estos agentes están autorizados a:

  • Deténgase y aborde su embarcación para ver si cumple con la Ley de Seguridad de Embarcaciones de Georgia
  • Pueden arrestar a cualquier persona que viole la Ley de Seguridad de Embarcaciones de Georgia y emitir una citación por la infracción.
  • Pueden emitir cualquier orden de arresto o de registro por violaciones a la Ley de Seguridad de Embarcaciones de Georgia.
  • Entrar en cualquier tierra, agua o embarcación en el cumplimiento de sus funciones.
Scroll al inicio