Edad legal para conducir una moto acuática en Nueva York

En lo que respecta a operar una moto acuática, existen diferentes restricciones de edad en todo el país. Nueva York tiene sus propias reglas y regulaciones, que se detallan en este artículo.

Una persona de 14 años o más puede conducir una moto acuática si aprueba un curso de seguridad en navegación aprobado por la Oficina de Parques del Estado de Nueva York y lleva consigo el certificado de seguridad para navegantes a bordo.

Pasos para convertirse en un operador joven

Una vez que cumplas 14 años, podrás solicitar tu certificado de seguridad para embarcaciones. Hay una lista sencilla de pasos que debes seguir para obtener tu licencia:

  1. Debes registrarte y completar un curso aprobado por el estado (ya sea en línea o en el aula)
  2. Aprobar el examen final obteniendo un 76 por ciento o más en el examen (esto significa que tienes que responder correctamente 46 preguntas de 60)
  3. Imprima su tarjeta temporal inmediatamente y luego reciba su tarjeta permanente por correo (en Nueva York también puede elegir que su certificación aparezca, como un ícono de ancla, en su licencia de conducir de Nueva York o en cualquier otro documento emitido por su DMV).

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Si nació el 1 de mayo de 1996 o después, debe tener un certificado de seguridad en navegación en Nueva York. Sin importar su edad, debe completar un curso de educación sobre seguridad en navegación para poder operar una moto acuática.

Es necesario comprender las normas de navegación de Nueva York

  • Cualquier niño menor de 12 años en una embarcación de 65 pies o menos de largo debe usar un chaleco salvavidas ajustado y aprobado por la Guardia Costera de los EE. UU.
  • Cualquier persona que se encuentre en una embarcación de menos de 21 pies de largo entre el 1 de noviembre y el 1 de mayo debe usar un chaleco salvavidas (esto incluye canoas, kayaks y botes de remos).
  • Se pueden operar motos acuáticas entre el amanecer y el atardecer, no después de que se ponga el sol.
  • Si estás en el agua, necesitas usar un chaleco salvavidas.
  • Debe llevar una señal visual de socorro aprobada por la Guardia Costera de EE. UU.
  • Es necesario tener un dispositivo de señalización sonora que sea capaz de emitir un pitido de dos segundos que sea audible a media milla de distancia.
  • Si bien la ley estatal no exige llevar un ancla ni un extintor de incendios, es obligatorio llevar un extintor de incendios cuando se navega en aguas federales.
  • Un corte de motor (cordón con la llave sujeta al brazo del conductor)
  • No se permite operar a más de 5 millas por hora dentro de los 100 pies de la costa, muelle, flotador o embarcación anclada.
  • No se permite operar a menos de 500 pies de un área de baño marcada
  • No se permite operar de manera imprudente: saltar sobre el agua, zigzaguear entre el tráfico de embarcaciones, transportar más pasajeros de los recomendados por el fabricante.

Normas de remolque en Nueva York (para niños)

  • Cualquier embarcación que remolque un esquiador acuático, parasail, tubo, etc. debe tener un observador además del conductor que tenga al menos 10 años de edad.
  • Las actividades de remolque están limitadas a las horas entre el amanecer y el atardecer, siempre que no se reduzca la visibilidad.
  • Toda persona que esté siendo remolcada por una embarcación debe llevar un chaleco salvavidas ajustado y aprobado por la Guardia Costera de los EE. UU. No importa si la persona está en un esquí acuático, flotador, parapente, etc., siempre necesitará un chaleco salvavidas.
  • Los chalecos salvavidas preferidos para estas actividades (remolque) se denominan dispositivos especiales de tipo III. Estos chalecos salvavidas específicos están diseñados para resistir impactos, se ajustan a la forma y ayudan a mejorar la visibilidad del esquiador.
  • Recuerde que la persona o personas remolcadas cuentan como pasajeros de la moto acuática. Exceder la cantidad específica recomendada por el fabricante de su moto acuática puede ser considerado como conducción imprudente.

Aplicación de la normativa en Nueva York

Debe llevar consigo su tarjeta en todo momento cuando esté en el agua. Si no la encuentra, puede recibir una multa. Nueva York prohíbe la conducción imprudente de una moto acuática o cualquier otra embarcación. A continuación, se muestran algunos ejemplos de conducción imprudente que siempre debe evitar:

  • Fallo en la regulación de la velocidadSi conduce a una velocidad superior a la razonable en las condiciones en las que se encuentra (tráfico de embarcaciones, mal tiempo, conducción cercana a la costa, etc.), está actuando de forma imprudente. Algunos ejemplos incluyen exceso de velocidad cuando está cerca de otras embarcaciones o motos acuáticas, superar el límite de velocidad en una zona de “velocidad lenta sin estela” o conducir a una velocidad que provoque daños por la estela de su moto acuática.
  • Distancia inadecuadaEs ilegal conducir su moto acuática a más de 5 millas por hora cuando se encuentre a menos de 100 pies de la orilla, muelle, embarcadero, balsa o flotador, o de una embarcación anclada.
  • Cabalgando en la proa, cubierta o bordaSi permite que los pasajeros o invitados viajen en la proa, la borda, la popa, los respaldos de los asientos, los asientos en cubiertas elevadas o cualquier otro lugar sin asientos equipados donde exista el riesgo de caerse por la borda, está infringiendo las normas de navegación de Nueva York.
  • Condición inseguraEsto ocurre cuando usted opera su PWC en una condición que causa un peligro para las personas a bordo o para otras personas en el agua. Es posible que los agentes de la ley lo dirijan al muelle o la costa más cercana y le digan que no puede volver a operar hasta que se corrija la condición. Algunas de las posibles condiciones inseguras incluyen una PWC sobrecargada, que no haya dispositivos de flotación personales en los pasajeros, que no haya extintores de incendios o parallamas antirretorno a bordo, que el operador esté intoxicado con drogas o alcohol, etc.

Requisitos de certificación de seguridad para navegantes jóvenes residentes de otros estados

Si es de otro estado y simplemente está de visita en Nueva York, aún puede operar en aguas de Nueva York si tiene un certificado de seguridad de su propio estado aprobado por la Asociación Nacional de Administración de Leyes de Navegación (NASBLA).

Exenciones

Hay algunas exenciones de personas que no necesitan tener un certificado de educación sobre seguridad en la navegación para operar una embarcación/moto acuática:

  • Si es de otro estado y su certificado de navegación está aprobado por NASBLA en su estado de origen
  • Eres de otro país y estás visitando Nueva York.
  • Instructores certificados por el estado
  • Instructores certificados de la Guardia Costera de los Estados Unidos y de los Escuadrones de Poder de los Estados Unidos.
  • Agentes de policía o de paz, personal de bomberos o de rescate y socorristas que actúen de conformidad con sus funciones asignadas.
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