Leyes sobre motos de agua en Idaho: una sencilla hoja de trucos con todo lo que necesita saber

Practicar moto acuática en verano es perfecto para pasar el día divirtiéndose. Para asegurarse de no tener ningún problema, debe asegurarse de conocer las normas para practicar moto acuática en el estado de Idaho. Las normas y regulaciones pueden variar de un estado a otro y es necesario conocerlas para poder disfrutar de su tiempo en el agua.

Cualquier persona de 14 años o menos en una embarcación de 19 pies de largo Deben llevar un dispositivo de flotación personal aprobado. Toda persona que viaje en una moto acuática o que sea remolcada en una moto acuática o embarcación deberá llevar un dispositivo de flotación personal aprobado por la Guardia Costera de los EE. UU.

Es importante conocer las siguientes normas y leyes para navegar en moto acuática en el estado de Idaho. Al hacerlo, estará cumpliendo con la ley de manera responsable y eso le garantizará una experiencia aventurera y sin estrés en su moto acuática con su familia y amigos.

Cómo registrar su moto acuática

Para registrar su embarcación en el estado de Idaho, deberá obtener un Certificado de Registro de Idaho y calcomanías de validación para poder usar su PWC o embarcación legalmente en aguas públicas.

Puede obtener un certificado y calcomanías de validación enviando un formulario de solicitud y una tarifa a la siguiente dirección: Idaho Department of Parks and Recreation Registration Section, Registration Section, PO Box 83720, Boise, ID 83720-0065.

Tarifas de registro en Idaho

Las tarifas de registro de embarcaciones en el estado de Idaho siguen un formato simple para la tarifa total de registro de su embarcación. Las embarcaciones que son 12 pies y menos cuestan $20. Las embarcaciones de más de 12 pies cuestan $20 y $2 por cada pie adicional..

Estos precios se mantienen iguales durante todo el año y todos los registros de embarcaciones vencen el 31 de diciembre. Además de registrar su embarcación, deberá pagar $10 adicionales por una calcomanía de especies invasoras.

Números y pegatinas

Una vez que recibas tu número de registro y las calcomanías de validación deberás exhibir estos elementos de las siguientes maneras:

  • No puede haber otros números mostrados en la proa de su embarcación.
  • Las letras deben estar separadas de los números con espacio o guión.
  • Cada número debe pintarse, aplicarse en su embarcación como calcomanía o colocarse para que se muestre en ambos lados de la proa.
  • Los números deben leerse de izquierda a derecha en ambos lados.
  • Cada número debe estar en letras mayúsculas y tener tres pulgadas de alto.
  • El color de tus números también debe contrastar con el color de tu embarcación.

Número de identificación del casco

Un número de identificación del casco (HIN) es un número de 12 dígitos que asigna el fabricante a los buques construidos después del año 1972. El HIN ayuda a determinar las diferencias entre varios buques.

En caso de que le roben su embarcación, debe anotar su número HIN y guardarlo en un lugar seguro.

El Fondo de Especies Invasoras de Idaho

  • Según esta nueva ley, se requiere que usted compre y exhiba sus calcomanías IISF para poder botar y operar su embarcación en Idaho. Esto se aplica a cualquier embarcación registrada en Idaho y a cualquier otro vehículo no motorizado.
  • Sólo los buques de menos de 10 pies de longitud están exentos del requisito.
  • No hay ningún costo adicional para obtener la calcomanía, cuando completa cualquier tarifa de registro de embarcación, ya está pagada.

Los basicos

Normas y reglamentos de la moto acuática

Falta de regulación de la velocidad

Si navega a una velocidad superior a la recomendada, pondrá en peligro a quienes lo rodean y a usted mismo. En particular, durante el tráfico marítimo, las malas condiciones meteorológicas y la proximidad a la costa, deberá respetar las normas de velocidad.

Ejemplos de esto son:

  • operar su embarcación a velocidades extremas en las inmediaciones de otra embarcación, motos acuáticas o aguas peligrosas
  • operar a una velocidad mayor que la “velocidad lenta, sin despertar” que se indica en una zona de “sin despertar”
  • Ir más rápido que el límite de velocidad indicado cerca del cuerpo de agua en el que se encuentra
  • Ir a una velocidad que puede ser perjudicial para su embarcación

Sobrecarga o exceso de potencia

Esto ocurre cuando se excede la capacidad que su embarcación o PWC puede transportar.

No debe exceder el número máximo de personas permitido ni el peso máximo y el peso combinado de más de una persona.

Si tiene una embarcación propulsada por un motor fuera de borda, tampoco puede exceder la potencia permitida.

Operación negligente

Esto ocurre cuando se conduce una moto acuática de tal manera que se expone a sí mismo y a los demás a peligros y no se muestra preocupación por la seguridad y la propiedad de los demás.

Ejemplos de esto son:

  • Navegar en un área donde las boyas marcan una zona de natación o una zona de natación restringida.
  • Cuando te abres paso entre el tráfico congestionado
  • Perseguir, acosar o incluso perturbar la vida silvestre con su moto acuática o embarcación.
  • Estar en el aire mientras se cruza con otra embarcación a una distancia muy insegura.
  • virar en el último segundo para evitar colisionar con otro buque

Paseos en proa, cubierta o borda

Viajar en cualquier vehículo que no esté equipado con un asiento fijo puede provocar el riesgo de caerse por la borda al agua.

No permita que ninguno de sus pasajeros, ni siquiera usted mismo, se siente en los respaldos de los asientos, en el espejo de popa, en la borda o en asientos situados en cubiertas elevadas o en la proa.

Alcohol y drogas

En el estado de Idaho, se considerará que una persona está bajo la influencia de drogas y alcohol si:

  • Tienen 21 años de edad y su concentración de alcohol en sangre es de 0,08% o superior.
  • Tienen menos de 21 años y su concentración de alcohol en sangre es de 0,02% o superior.

Las siguientes sanciones por navegar bajo la influencia del alcohol son:

  • recibiendo una multa máxima de $1,000 y una sentencia de seis meses en la cárcel del condado
  • Se le pedirá que asista y complete un curso sobre navegación segura.
  • También habrá una pérdida de privilegios para operar su PWC o embarcación por hasta dos años.

Cualquier persona que sea condenada por causar daño, discapacidad permanente o desfiguración permanente a cualquier persona que no sea ella misma mientras opera una moto acuática o embarcación bajo la influencia de drogas y alcohol será culpable de un delito grave y enfrentará:

  • Una sentencia a la Junta Estatal de Correcciones por hasta 5 años con una sentencia mínima de 30 días.
  • Recibirá una multa de hasta $5,000
  • Que se les revoquen los privilegios para operar su embarcación por hasta un año y no pueden exceder los dos años después de ser liberados de prisión.

Equipo requerido

Dispositivos de flotación personal

Tipo 1 Chalecos salvavidas para alta mar Este chaleco puede hacer que una persona inconsciente se ponga boca arriba en el agua. Está diseñado para aguas turbulentas y situaciones en las que el rescate puede llevar mucho tiempo.
Tipo 2 Chalecos Near-Shore Este chaleco es adecuado para aguas más tranquilas y rescates más rápidos. Si lo usara mientras estuviera inconsciente, es posible que no pudiera girar su cara hacia arriba en el agua.
Tipo 3 Ayudas para la flotación Este chaleco también puede ser una chaqueta de manga larga y es ideal para aguas tranquilas y rescates rápidos. Definitivamente no te hará enojar en aguas turbulentas. Generalmente se usa para deportes acuáticos.
Tipo 4 Dispositivos arrojadizos Este tipo de dispositivo de flotación es una boya con forma de cojín o aro y se suele utilizar para lanzarla a alguien en apuros. No está diseñada para durar muchas horas en el agua, para personas que no saben nadar o para personas inconscientes.
Tipo 5 Dispositivos de uso especial Este tipo de dispositivo de flotación fue creado para actividades como kayak y esquí acuático. Por lo general, parecen chalecos para aguas bravas, trajes de cubierta e híbridos de dispositivos de flotación personales.

Requisitos para los PFD

  • Un PDF tipo 4 aprobado por la Guardia Costera de los EE. UU. debe estar a bordo de una embarcación de 16 pies o más de largo y también debe ser de fácil acceso para uso de emergencia.
  • Las embarcaciones deben tener uno de los cinco dispositivos de flotación personales y también deben ser portátiles y de un tamaño adecuado para que cualquier persona pueda usarlos.
  • Cualquier persona que esté a bordo de una PWC debe usar un PFD aprobado por la Guardia Costera de EE. UU.

Extintores

Puedes clasificar tus extintores por letras y números. El número te ayuda a descifrar el tamaño de los extintores y la letra también indica el tipo de fuego que se extingue.

INCENDIOS TIPO A Este tipo de incendios son sólidos combustibles como la madera.
INCENDIOS TIPO B Este tipo de incendios son líquidos inflamables como gasolina o aceite.
INCENDIOS TIPO C Este tipo de incendios son principalmente incendios eléctricos.

Estos extintores deben permanecer en condiciones de uso. Debes revisarlos periódicamente para asegurarte de que se encuentran en las mejores condiciones:

  • Los sellos y los indicadores de manipulación no están rotos ni faltan.
  • Manómetros o indicadores de presión que leen dentro del rango operativo
  • No hay daños físicos, corrosión, fugas ni boquillas obstruidas.
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